Las pymes del chárter confían en la «plena legalidad» del alquiler por plazas

APANIB defiende que el alquiler "plaza a plaza" de embarcaciones ya está regulado en la normativa vigente, sin necesidad de un decreto específico
Las pymes del chárter confían en la «plena legalidad» del alquiler por plazas
Embarcaciones de chárter fondeadas en Baleares.

La Asociación de Pymes de Actividades Náuticas de las Illes Balears (APANIB) ha defendido que la modalidad de alquiler parcial de embarcaciones de recreo, conocida como «plaza a plaza», ya cuenta con cobertura suficiente en la normativa estatal vigente y, por tanto, no requiere una habilitación específica en el proyecto de real decreto que actualmente tramita la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM).

La patronal ha respondido así a la información publicada ayer en Gaceta Náutica sobre el borrador normativo que regulará, entre otras cuestiones, el cambio temporal de uso de embarcaciones privadas para destinarlas al arrendamiento náutico, el denominado «airbnb náutico». Este medio destacó que el proyecto de decreto, que modifica diversas normas de navegación, no incluye ninguna referencia expresa a la venta de plazas en embarcaciones de recreo. APANIB entiende que esa ausencia no afecta a la legalidad de la actividad.

Según la asociación, en las reuniones y conversaciones mantenidas con responsables de la DGMM, el organismo estatal ha trasladado en todo momento que el alquiler parcial de embarcaciones tiene encaje en la legislación vigente a nivel nacional. Por ello, considera erróneo interpretar que la falta de una mención específica en el nuevo real decreto implique una prohibición o una necesidad de regulación adicional.

Prohibido en Baleares

APANIB recuerda que las limitaciones existentes en Baleares responden exclusivamente a la normativa autonómica aprobada por el Govern balear. La asociación señala además que la prohibición de esta modalidad en el archipiélago está siendo analizada por los tribunales a través de seis recursos contencioso-administrativos y expresa su confianza en que la restricción acabe siendo anulada.

Pese a considerar que la venta de plazas ya es legal, la patronal vería con buenos ojos que la DGMM pueda incorporar una referencia expresa a esta modalidad en la futura norma estatal. A su juicio, ello contribuiría a eliminar interpretaciones contradictorias y aportaría mayor seguridad jurídica a empresas y usuarios.

En defensa de esta modalidad, la asociación de Pyme Baleares argumenta que el alquiler «plaza a plaza» ofrece mayores garantías de seguridad que el arrendamiento tradicional sin tripulación, ya que implica la presencia permanente de un patrón profesional a bordo.  También considera que puede contribuir a reducir la presión sobre el litoral al favorecer el uso compartido de las embarcaciones.

«Resulta más eficiente que varias personas compartan una misma embarcación a que ese mismo grupo tenga que repartirse entre varios barcos», remarca la asociación, que entiende que prohibir esta modalidad puede provocar precisamente el efecto contrario al que persiguen las políticas destinadas a combatir la saturación de las costas.

APANIB asegura mantener conversaciones con la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua para intentar clarificar el alcance de la normativa autonómica. La patronal defiende que la restricción debería limitarse exclusivamente a las actividades de transporte de pasajeros de un punto a otro y no afectar a excursiones, actividades de ocio, formación, buceo u otras experiencias náuticas organizadas cuya finalidad principal no sea el transporte.

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