El buceo industrial es una actividad tan desconocida como necesaria para el desarrollo de nuestra comunidad y que desempeñan un reducido porcentaje de ciudadanos. Se trata de una ocupación vocacional por lo sacrificada, arriesgada y siempre olvidada de las administraciones. A pesar de todo, resulta gratificante para el que, con ilusión, la hace su profesión y su vida.
Su regulación legal depende de un anticuado Real Decreto de 14 octubre 1997, que dejaba la seguridad en el buceo muy poco definida y a la libre interpretación del usuario; y de la Resolución de 25 de enero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos. Que venía a dar coto a esa parca redacción que tantas vidas segó a lo largo de su vigencia. Actualmente está pendiente la publicación de otro Real Decreto más acorde con la realidad de la actividad.
El buceo industrial requiere medios materiales adaptados y específicos y equipos de personas comprometidas a largo plazo con la profesión, responsables, bien formadas y que controlen las situaciones de estrés a las que estarán sometidos.
La seguridad y las normas son el eje fundamental sobre el que debe desarrollarse esta actividad. La omisión de estos preceptos ha desembocado siempre en tragedia. Un buceador, no importa la profundidad, con problemas que pueden ser desde un atrapamiento a un simple desvanecimiento sin poder recurrir a nadie, puede acabar muriendo a escasos metros de donde algún compañero suyo mira su móvil o se come un bocadillo sin apercibirse de lo que sucede.
En los últimos 25 años han muerto en nuestro país más de 50 buzos profesionales. Iván Ciudad Valls, técnico superior en prevención de riesgos laborales, Grad IOSH, señala en su informe sobre siniestrabilidad que «los buzos profesionales muestran una probabilidad mayor –concretamente entre 83 y 292 más veces– de riesgo de tener un accidente de trabajo mortal que la media de la fuerza laboral española. Se realiza buceo con equipo de respiración autónomo en solitario, prohibido por la legislación vigente. Tres de cada cuatro fallecidos utilizaba equipo de respiración autónomo. Nueve de cada diez fallecidos no utilizaba ningún tipo de comunicación con superficie. Existen incumplimientos que se consideran graves en la normativa actual vigente».
La promulgación de la Resolución de 25 de enero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos, no ha evitado que se siga dando una interpretación sesgada e interesada de la antigua normativa del año 97 y que hayan continuado los accidentes mortales en esta maravillosa profesión.
Si somos conscientes de algo en Daedalus es de la responsabilidad que asumimos cuando empleamos a técnicos en buceo para llevar a cabo nuestras operaciones. Siempre nos aseguramos que esa persona asuma el mínimo riesgo posible y pueda volver a casa tras su jornada laboral. Complementariamente a los equipos y protocolos que amparan esta seguridad se encuentran los medios con los que los técnicos pueden trabajar, esta fuerza mecánica es la garante de que los trabajos se realizan de manera óptima. El contar con medios a flote, como barcos específicamente diseñados para operaciones de este tipo, facilita enormemente el trabajo en el agua evitando exposiciones innecesarias al equipo de buzos. Por esa razón, en Daedalus hemos tenido siempre la política de reinvertir lo ganado en medios adecuados a nuestro trabajo, contando hoy en día con el mayor dispositivo de Baleares.
Carlos Rey es CEO de Naviera Daedalus.