El nuevo plan prevé que la flota artesanal no tenga días de descanso semanal obligatorio en temporada alta.
El Consell de Govern, a propuesta de la Consellería de Agricultura, Pesca i Alimentació, aprobó ayer el Proyecto de decreto por el cual se establece un plan de gestión para la pesca profesional artesanal en las aguas interiores de las islas Pitiusas.
El número máximo de días que las embarcaciones censadas podrán salir a pescar a lo largo del año nunca podrá superar los 210 días totales cuando, hasta ahora, podía llegar a ser de 335 días. Este esfuerzo se controlará mediante el sistema de localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras de las Islas Baleares (SLSEPIB), más conocido como ‘cajas verdes’, que la Conselleria instaló a finales de 2021 en las embarcaciones de pesca artesanal de Ibiza y Formentera.
El objetivo primordial de esta norma es el mantenimiento de la actividad pesquera, del número de embarcaciones, de la producción y de los puestos de trabajo de la flota artesanal, formada actualmente por 77 embarcaciones (55 en Ibiza y 22 en Formentera), compaginándolo con reducción del esfuerzo pesquero. Es decir, busca garantizar la sostenibilidad ambiental, económica y social de la pesca profesional de artes menores.
El modelo de explotación pesquera de las Pitiusas es marcadamente estacional, con una actividad intensa durante los meses de verano y una actividad reducida durante el resto del año. La actividad pesquera está ligada a la capacidad de los mercados locales y a la actividad turística de los meses de primavera y verano. Además, las cofradías de pescadores de Ibiza, y posteriormente Formentera, han sido adalides en el Mediterráneo español en la diferenciación de las capturas locales con un sistema de etiquetado con bridas individuales que garantizan su origen y proximidad.
De este modo, el Plan aprobado establece un descanso semanal específico para las Pitiusas. Entre el 15 de abril y el 15 de septiembre, la temporada más alta comercialmente, no habrá descanso semanal obligatorio durante el cual las artes tendrán que permanecer en tierra. En compensación, entre el 16 de septiembre y el 14 de abril, lo que podría ser considerado como temporada baja, se establece un periodo de descanso obligatorio de 41 horas consecutivas como mínimo, durante el cual todas las artes tendrán que permanecer en tierra o, en el caso de embarcaciones que permanezcan en puerto, estibadas en cubierta.
En relación con el esfuerzo pesquero, el periodo general autorizado para ejercer la pesca artesanal y el marisqueo desde la embarcación será de 16 horas por día en el mar, y las artes no podrán permanecer caladas más del periodo establecido, salvo los artes de parada y los trasmallos y las nasas destinadas a la captura de langosta y pulpo. Se trata, por lo tanto, de pescar al día y de no aumentar el esfuerzo pesquero.
En el caso de los trasmallos y las nasas destinadas a la captura del langostas, tendrán un periodo máximo de estancia en el mar de 24 horas continuadas y, pasado este tiempo, tendrán que ser sacadas del agua; las nasas para el pulpo estar como máximo 48 horas en el mar. En el caso de las redes para la captura de salmonete, podrán estar un periodo máximo de 4 horas continuadas, a la puesta y salida del sol, respectivamente. Finalmente, la veda para el pulpo tendrá una duración de 90 días en las islas Pitiusas.
El plan de gestión tendrá una vigencia inicial de seis años, que se podrá prorrogar por periodos de dos años. Entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Finalmente, el decreto aprobado incluye las modificaciones del Decreto 38/2018, de 16 de noviembre, por el cual se establece la Reserva Marina de la Punta de sa Creu y se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas.
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