Los buques autónomos, alternativa a un transporte marítimo más sostenible

Este tipo de naves contarán con un artículo específico en la futura Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y de la Ley de Navegación Marítima

Proyecto de embarcación autónoma de Navantia y Eolos

Existe un interés creciente en el sector marítimo y náutico por trasladar a los buques la tecnología que ya se aplica en los drones y los vehículos autónomos. Avanzar en el desarrollo de este tipo de embarcaciones supone una alternativa de transporte marítimo más sostenible.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) auspició la I Jornada Técnica sobre Buques Autónomos promovida por el Grupo Nacional de Trabajo sobre Buques Autónomos y organizada por la Dirección General de la Marina Mercante. En el encuentro, celebrado ayer, se analizó la evolución de la tecnología aplicada al desarrollo de buques autónomos, se dio a conocer la normativa reciente relacionada con este tipo de embarcaciones y se expuso algunos modelos de buques ya diseñados.

Organismos internacionales como la Organización Marítima Internacional (OMI), que respalda la tecnología relacionada con el control remoto de los buques, ha definido ya 4 niveles de autonomía, según si el buque dispone o no de tripulación a bordo, y ha realizado en los últimos años un estudio exploratorio de regulación para comprobar qué problemas normativos podría presentar el manejo remoto de los buques.

Las conclusiones apuntan a la necesidad de regular los buques autónomos mediante un código específico que permita establecer las normas a medida que se están desarrollando las tecnologías que permitirán su funcionamiento. Para ello, ha creado dos grupos de trabajo en los que participa España, que también está integrada en el grupo de trabajo que ha creado la Comisión Europea para abordar la innovación tecnológica y normativa que afecta a los buques autónomos.

En el ámbito nacional, la Dirección General de la Marina Mercante ha emitido una Instrucción de Servicio para buques autónomos, pionera en su ámbito, que hace referencia a aspectos como la matriculación, la titulación, la tripulación de los buques autónomos o la certificación. Además, los buques autónomos contarán con un artículo específico en la futura Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y de la Ley de Navegación Marítima.

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