Durante la veda del verderol no se pueden pescar ejemplares inferiores a los 30 centímetros.
La Direcció General de Pesca i Medi Marí de la Consellería d’Agricultura, Pesca i Alimentació ha denunciado a varias embarcaciones recreativas en Mallorca por pescar verderols en época de veda juvenil que no alcanzaban la talla mínima reglamentada para este periodo de protección. El servicio de inspección pesquera abrió los expedientes de denuncia después de unas vigilancias rutinarias en los puertos del Migjorn de la isla.
En todos los casos denunciados, los pescadores recreativos habían pescado verderols con una talla inferior a los 30 centímetros reglamentarios y no habían cortado la cola de los peces, lo que resulta obligatorio en este tipo de especies de valor comercial.
La veda juvenil del verderol, para ejemplares de menos de 30 centímetros, está comprendida entre el 1 de julio y el 15 de septiembre. Además, en el caso de Ibiza y Formentera, en aguas interiores y hasta 6 millas náuticas de la costa, el periodo de veda se extiende hasta el 30 de septiembre.
La marca obligatoria en este tipo de pesca consiste en un corte al lóbulo inferior de la aleta caudal del pez que se tiene que hacer antes de desembarcar en el caso de pesca desde embarcación, o enseguida que se haya capturado, en el caso de pesca desde tierra o pesca submarina. Son también especies de valor comercial, entre otros, el gallo, el cabracho y el déntol.
Según la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares, se considera infracción grave ejercer la pesca recreativa de especies no permitidas o en fondos prohibidos o en zonas o épocas vedadas y capturar especies de talla o peso inferior a los que se establezcan reglamentariamente. Estas infracciones pueden comportar una sanción de hasta 30.000 euros en casos extremadamente dolosos.