Marti March, conseller de Educación del Govern balear.
La Conselleria de Educación del Govern balear ha ignorado un informe de la Dirección General de la Marina Mercante en la implantación del proceso de estabilización de profesores interinos para la Escuela Náutico Pesquera de Palma, lo que, como ya informó Gaceta Náutica, podría derivar en la perdida de la homologación de los títulos que ofrece este centro formativo. Este dictamen, fechado en julio de 2021, expresa de manera clara que los docentes de náutica deben ser titulados de la Marina Mercante. El concurso de méritos del Ejecutivo balear no hace mención a este hecho y ha propiciado que varios profesores especializados y asentados en sus puestos estén a punto de perder su trabajo para dar entrada a otros que, a priori, nada saben de la materia que deberán enseñar.
La “chapuza” del Govern, y en concreto de la Conselleria de Educación que dirige el socialista Martí March, está dando pie a situaciones surrealistas, tales como que un filósofo ocupe el segundo lugar, de un total de siete plazas, en la lista provisional de profesores interinos candidatos a ejercer la docencia náutica.
La Conselleria, lejos de reconocer el error, aseguró ayer a un grupo de profesores damnificados que el proceso de estabilización ha sido “correcto” y que en ninguna parte consta la exigencia de que los profesores de Navegación e Instalaciones Marinas (NIM) deban ser marinos mercantes.
Pero esto no es así. El requisito consta en la Ley desde 1995, fue objeto de análisis y confirmación en un informe de 2021 de la Marina Mercante, y fue reiterado en un Real Decreto de 2022. Las normas son claras: si los docentes no cumplen con lo establecido en el Convenio Internacional STCW 95-10, las titulaciones serán papel mojado, por mucho que sus conocimientos sobre Platón, Aristóteles, Nietzsche o Heidelberg tengan niveles de erudición.
La Conselleria de Educación comunicó a los docentes en vías de perder sus empleos que no le constaba la recepción del informe de la Marina Mercante al que hacían referencia sus reivindicaciones. Gaceta Náutica ha tenido acceso a una copia de este documento, en cuya página 9 se lee lo siguiente: “Cabe señalar que en el caso de que un centro de formación oferte acciones formativas orientadas a la inserción y reinserción de trabajadores desempleados, así como formación permanente dirigida a la población trabajadora ocupada, como por ejemplo los cursos para la obtención o revalidación de los certificados de suficiencia del capítulo VI del STCW, se advierte que dichos cursos deben ser dados con profesorado con un título profesional acorde al STCW, por lo que aquellos profesores que no cumplan con los requisitos indicados en el anexo I de la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, no podrán impartir esos cursos al exterior, es decir, no podrá organizar cursos dirigidos a alumnos no matriculados en los distintos grados”.